Boletín: Decreto de Urgencia No. 021-2019

Prorrogan vigencia de Devolución Definitiva de IGV a empresas mineras y de hidrocarburos en fase de exploración
Decreto de Urgencia No. 021-2019

El día de hoy se ha publicado el Decreto de Urgencia No. 021-2019, mediante el cual se  prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022, la vigencia de las siguientes leye

  • Transparencia

En aplicación de las normas de transparencia, se establece que la SUNAT publicará en su portal web la relación de los sujetos beneficiarios de la devolución de impuestos a que se refieren las Leyes Nos. 27623 y 27624, así como los montos de devolución por cada beneficiario.

 

  • Contabilidad en moneda extranjera

Finalmente, la Única Disposición Complementaria Modificatoria del referido Decreto de Urgencia, modifica el Artículo 84 del TUO de la Ley General de Minería (“LGM”), estableciendo que los contratos de estabilidad tributaria por un plazo de quince años regulados en el Artículo 83-A de la LGM (relacionados a proyectos mineros con capacidad inicial no menor de 15,000 TM/día o de ampliaciones destinadas a llegar a una capacidad no menor de 20,000 TM/día) pueden solicitar llevar la contabilidad en dólares de Estados Unidos de América o en la moneda en que hizo la inversión, previo cumplimiento de los requisitos previstos.

Anteriormente, la posibilidad de llevar contabilidad en moneda extranjera estaba reservada para los contratos de estabilidad tributaria por un plazo de doce años regulados en el Artículo 82 de la LGM (proyectos mineros con capacidad inicial no menor de 5,000 TM/día o de ampliaciones destinadas a llegar a una capacidad no menor de 5,000 TM/día).

El Decreto de urgencia entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2020, con excepción de lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Modificatoria, cuya vigencia inicia a partir del 6 de diciembre de 2019.


Nuestro Equipo:

Camilo Maruy

Víctor Valdez

Llanet Gaslac

Pablo León
Adriana Bellido
Maria Alejandra Frías

<< Volver

ENTRADAS RELACIONADAS

Sorry, No posts.